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martes, 3 de julio de 2012

RECOMENDACIONES. EXPERTOS PIDIERON MEJORAR LA ACCIÓN DEL PODER JUDICIAL Y UNA INVESTIGACIÓN EXHAUSTIVA DE LOS INGRESOS DEL DEMANDADO. SEÑALAN QUE HIJOS DEBEN ESTAR AL MARGEN DEL JUICIO.

"Las madres piensan que si demandan una pensión por alimentos el padre les va a quitar a su hijo. Eso es imposible, y por eso las mujeres deben iniciar cuanto antes las acciones de demanda", sostuvo la ex congresista y abogada Rosario Sasieta. Ello a raíz del caso de William Johny Huertas Ramírez, un peruano que sería extraditado de España de prosperar el pedido del Estado peruano por haber incumplido con la pensión de alimentos de su hijo de 14 años.

Por otro lado, la abogada del Movimiento Manuela Ramos, Gina Yáñez, anotó que la propia ley no permite que se haga una investigación exhaustiva de los ingresos del demandado. "Eso no puede ser. Hablamos de casos de gente que teniendo dinero no quiere cumplir con su obligación. De gente que teniendo un sueldo alto se pone en el rango de los que tienen menor remuneración para pasar una pensión menor. Eso es muy frecuente", denunció.
Este caso –añadió– sirve como ejemplo para que las mujeres puedan empezar a actuar. La mayoría de mujeres no van a hacer una demanda como esta, pasan años. En este caso esperemos que cumpla.
Habló la madre
"Tiene que pagar", dijo desde Argentina, Gianina Soriano, la aún esposa de Huertas y madre del adolescente. En declaraciones a una radio local, Soriano indicó que "se han agotado todos los plazos".
"Él tiene que pagar lo que ha hecho e ir a una prisión, porque en estos años no le pasó nada y no le interesó que el niño estuviera enfermo. Llorando llamaba a su padre, pero fue por las puras", dijo.
El caso ha llamado la atención de varios especialistas en derecho de familia, como Ítalo Ormeo, quien sostuvo, por ejemplo, que la idea de la ley no es conducir a la cárcel a quien incumplió, pues desde prisión no se genera dinero. Por otro lado, la psicóloga del Ministerio de la Mujer, Isabel Guillén, recomendó mantener a los hijos al margen de los juicios por alimentos para evitarles un daño emocional.

Clave
Una vez notificado, el juzgado comunica a la persona obligada que debe cumplir con el pago de la pensión. Se le dice que si no cumple en tres días será denunciado penalmente, explicó Ormeo.

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